El Ministerio de Agricultura y Ganadería y el Servicio Nacional de Salud Animal reiteran su compromiso con la inocuidad de los alimentos que se producen en Costa Rica. Por esta razón, se propone un cambio en la normativa que garantiza el ejercicio transparente del control y la supervisión oficial de los establecimientos y plantas que elaboran alimentos para consumo humano, mediante la Implementación del Personal Inspector Autorizado por SENASA en establecimientos de sacrificio de animales.
 
Para entender mejor esta propuesta de decreto, es necesario indicar que, durante más de 40 años, el Colegio de Médicos Veterinarios contribuyó, mediante las regencias, a la supervisión de la sanidad en los establecimientos. Cuando se crea SENASA, en 2006, se mantiene la figura de las regencias pagadas por el fiscalizado al Colegio, lo cual es contrario a lo recomendado por la Organización Mundial de Sanidad Animal, OMSA, en lo que respecta a la necesidad de garantizar el principio de independencia de los inspectores sanitarios y evitar que estén sometidos a la “presión comercial, financiera, jerárquica, política o de otro tipo que pueda influir en su juicio o en sus decisiones”.
 
La propuesta de decreto presentada en consulta pública corrige ese error histórico, de manera que cada entidad asuma la competencia que le corresponde: al SENASA supervisar y garantizar la higiene e inocuidad de los alimentos de origen animal; y al Colegio, la supervisión del comportamiento de sus agremiados.
 
En paralelo, se pretende eliminar el doble cobro a las plantas y establecimientos que actualmente pagan por un Certificado Veterinario de Operación al SENASA, y por el pago anual de regencia al Colegio de Veterinarios.
 
La propuesta de decreto es una propuesta con sustento técnico, que propone mejorar y oficializar los controles sobre los establecimientos y plantas que elaboran alimentos para consumo humano, a la vez que facilitamos a los pequeños productores sus emprendimientos, al disminuir costos de producción, pero sin disminuir controles ni regulaciones.
 
Además, viene acompañada de un incremento de personal en campo, por parte del SENASA, para efectuar las tareas de supervisión, control y vigilancia de los procesos en plantas y establecimientos y de otra propuesta de decreto que permitirá al SENASA tomar muestras de alimentos para análisis en el laboratorio oficial, sin depender del pago por parte de los establecimientos o plantas sujetas a los controles del SENASA; porque, aunque suene increíble, si el fiscalizado no paga, SENASA no puede hacer los análisis requeridos para verificar la inocuidad de los productos.
 
Lo anterior permitirá verificar que los alimentos que llegan a los consumidores están libres de residuos de contaminantes químicos o agentes patógenos que puedan causar problemas en la salud de las personas, en cumplimiento del deber del Estado de supervisar los alimentos que se elaboran o comercializan en el territorio nacional.
 
 

Victor Julio Carvajal Porras                  Luis Matamoros Cortes                                                                

 MINISTRO                                                                                                                                  DIRECTOR SENASA a.i.