• Medida aplica para más de 42 mil establecimientos registrados en el Sistema Integrado de Registro de Establecimientos Agropecuarios del SENASA.
 
En procura de atender la situación que se presenta ante la emergencia por la alerta sanitaria por el COVID-19, el Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA), del Ministerio de Agricultura y Ganadería, suspende a partir de este 20 de marzo, y durante dos meses calendario, el trámite de actualización de registro anual del Certificado Veterinario de Operación (CVO).
 
Esta medida aplica para más de 42 mil  establecimientos cuyos registros se encuentran vigentes en el Sistema Integrado de Registro de Establecimientos Agropecuarios del  SENASA.
 
“Las actualizaciones que deban realizarse en este periodo no acarrearán el vencimiento del  CVO y  mantendrán la fecha de actualización establecida originalmente para cada registro anual”. Indico Silvia Niño, Directora General del SENASA.
 
Asimismo, transcurrido el plazo de estos 2 meses, los beneficiarios deberán realizar el trámite ante SENASA, salvo que estén aún amparados al tiempo de gracia establecido en el artículo 8, del Reglamento General para el Otorgamiento del Certificado Veterinario de Operación, N° 34859-MAG.
 
Según lo establece el artículo 60 de la Ley SENASA, N°8495, todo establecimiento que cuente con CVO debe estar inscrito en SENASA.
 
En este periodo sí  se continuará  brindando el servicio de  emisión  de   CVO  nuevos, en todas las  oficinas  de SENASA, ubicadas  en  todo el país.
 
En el Reglamento General para el Otorgamiento del Certificado Veterinario de Operación se  especifica los requisitos generales en el ámbito sanitario, como  la ubicación, condiciones físicas y respeto ambiental; aspectos que deben cumplir los establecimientos con sus  actividades, procesos y  productos finales que en ellos se realicen.
 
 
Por otro lado, SENASA está implementando en todas las oficinas medidas de prevención del COVID-19.
 
  • Se  recomienda  que las personas con factores de riesgo preexistentes (adulto mayor, hipertensos, cardiópatas, diabéticos) eviten asistir a las  oficinas de   SENASA  a  tramitar  CVO.
 
  • Se  evitará el ingreso de  personas que estén visiblemente enfermas.
 
  • Se permite el  ingreso  de  personas únicamente si van a realizar el trámite de  CVO.