El Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA), en coordinación con múltiples autoridades nacionales, llevó a cabo el pasado 18 de junio operativo sanitario de control en carretera, específicamente sobre la Ruta 36, antes del cruce de Penshurt, en el distrito de Valle de la Estrella, provincia de Limón.
La acción contó con la participación de la Policía Municipal de la Municipalidad de Limón, Fuerza Pública, la Dirección General de Migración, el Organismo de Investigación Judicial (OIJ), la Policía de Tránsito y el Ministerio de Salud (MINSA), bajo la coordinación de SENASA.
Durante el operativo se inspeccionaron aproximadamente 125 vehículos. Como resultado, se decomisaron los siguientes productos:
  • 6 sacos de 46 kg de alimentos para animales
  • 128 kilogramos de productos cárnicos
  • 9 kilogramos de pechuga de pollo
  • 9.5 kilogramos de pollo ahumado
  • 35 kilogramos de posta de cerdo
Los productos fueron confiscados por falta de documentación que garantizara su trazabilidad, condiciones inadecuadas de transporte además de incumplimiento de los parámetros de temperatura requeridos para conservar la inocuidad.
Desde la entrada en vigencia de la Ley SENASA No. 8495, la institución realiza operativos periódicos en diferentes rutas nacionales y cantonales, siguiendo protocolos previamente establecidos. Estos controles tienen como objetivo proteger la salud pública y la sanidad animal, asegurando que los productos y subproductos de origen animal que se comercializan en el país cumplan con los estándares de seguridad e higiene.
Además del control en carretera, SENASA también efectúa inspecciones en establecimientos y aplica medidas sanitarias que pueden incluir el decomiso y destrucción de productos no aptos para el consumo.
Centroamérica
 
Reglamentos Técnicos Centroamericanos:
 
Decreto N° 37057-COMEX-MEIC-MAG. RTCA 67.06.55:09 Buenas Practicas de Higiene Para Alimientos No Procesados y Semiprocesados y su Guía de Verificación
 
Decreto N° 41420-COMEX-S-MAG-MEIC. RTCA 67.04.50:17 Alimentos. Criterios Microbiológicos para la Inocuidad de los Alimentos
 
Decreto N° 33724 RTCA 67.01.33:06. Industria de Alimentos y Bebidas Procesadas. Buenas Prácticas de Manufactura. Principios Generales.
 
Decreto N° 37280 -COMEX-MEIC. RTCA 67.01.07:10 Etiquetado General de los Alimentos Previamente Envasados (Preenvasados)"
 
Decreto N° 42965-COMEX-MEIC-MAG. RTCA 65.05.51:18 medicamentos veterinarios, productos afines y sus establecimientos Requisitos de registro sanitario y control
 
Decreto N° 42375-COMEX-MEIC-S. RTCA 67.04.54.18 Alimentos y bebidas procesadas. aditivos alimentarios
 
 
Para obtener información más detallada de los mercados y establecimientos habilitados, ingresar al siguiente link
 
Para mayor información, se le solicita contactar al Dr. Olivet Cruz Vasquez (Director de la Dirección de Inocuidad de Productos de Origen Animal), Dra. Karla Esquivel Rodríguez (Jefe del Dpto. Regulatorio de DIPOA)
 
México
 
Normas Oficiales Mexicanas en materia de Salud Animal
 
Normas Oficiales Mexicanas en Materia de Inocuidad Agroalimentaria
 
NOM-008-ZOO-1994 Especificaciones zoosanitarias para la construcción y equipamiento de establecimientos para el sacrificio de animales y los dedicados a la industrialización de productos cárnicos.
 
NOM-009-ZOO-1994 Proceso sanitario de la carne
 
NOM-030-ZOO-1995 Especificaciones y procedimientos para la verificación de carne, canales, vísceras y despojos de importación en puntos de verificación zoosanitaria.
 
NOM-051-ZOO-1995 Trato humanitario en la movilización de animales
 
ACCESO SANITARIO A DIFERENTES MERCADOS PARA PRODUCTOS DE COSTA RICA
(Al 09 de marzo del 2023) (Listado no exhaustivo)
 
Producto
Acceso
Comentarios
FDA
1
Carne bovino (Carne de bovino con y sin hueso) Despojos crudos y cocidos (labios, diafragma, cachete, pata y cola)
Vísceras crudas y cocidos (lengua, retículo, rumen, omaso, abomaso, corazón, riñón, hígado, pulmón, timo, páncreas y vejiga)
 ABIERTO
Los requisitos para la importación de mercancías zoosanitarias se encuentran disponibles en el siguiente link:
 
Solo se puede exportar de plantas aprobadas y registradas para México. Consultar la lista de establecimientos en el siguiente link:
 
Además, las plantas deben estar registradas ante el SENASICA, el cual se puede consultar en el siguiente link:
 
Las plantas que no aparezcan en estos listados, no pueden exportar a México.
 
2
Productos de la pesca
ABIERTO  
Solo se puede exportar de plantas aprobadas y registradas para México. Consultar la lista de establecimientos en el siguiente link:
 
 
Para obtener información más detallada de los mercados y establecimientos habilitados, ingresar al siguiente link
 
Para mayor información, se le solicita contactar al Dr. Olivet Cruz Vasquez (Director de la Dirección de Inocuidad de Productos de Origen Animal), Dra. Karla Esquivel Rodríguez (Jefe del Dpto. Regulatorio de DIPOA)
 
Hong Kong
 
ACCESO SANITARIO A DIFERENTES MERCADOS PARA PRODUCTOS DE COSTA RICA
(Al 09 de marzo del 2023) (Listado no exhaustivo)
 
Producto
Acceso
Comentarios
1
Carne bovino (carcasa, cortes, partes y órganos viscerales)
ABIERTO
Solo se puede exportar de plantas aprobadas y registradas para Hong Kong. Consultar la lista de establecimientos en el siguiente link:
 
Las plantas que no aparezcan en estos listados, no pueden exportar a Hong Kong.
 
2
Carne porcina (carcasa, cortes, partes y órganos viscerales)
ABIERTO
Solo se puede exportar de plantas aprobadas y registradas para Hong Kong. Consultar la lista de establecimientos en el siguiente link:
 
Las plantas que no aparezcan en estos listados, no pueden exportar a Hong Kong.
 
 
Para obtener información más detallada de los mercados y establecimientos habilitados, ingresar al siguiente link
 
Para mayor información, se le solicita contactar al Dr. Olivet Cruz Vasquez (Director de la Dirección de Inocuidad de Productos de Origen Animal), Dra. Karla Esquivel Rodríguez (Jefe del Dpto. Regulatorio de DIPOA)
Emiratos Árabes
 
Los Reglamentos Técnicos y normas se pueden obtener a través de www.esma.gov.ae
Para la acreditación de mataderos fuera de los Emiratos Árabes Unidos (EAU), debe cumplir con la última versión actualizada de los Reglamentos Técnicos, normas y prácticas higiénicas para exportar carnes a los EAU según lo siguiente:
 
Reglamento Técnico General y práctica higiénica para:
UAE.S GSO 815 Código de Prácticas de Higiene para la Preparación, Transporte, Manipulación y Almacenamiento de Carne Fresca
UAE.S GSO CAC RCP 58 Código de prácticas de higiene para la carne
UAE.S GSO 1694 Principios generales de higiene de los alimentos
UAE.S GSO 21 Reglamento de higiene para plantas de alimentos y su personal
OSG 2481/2015 Límites máximos de residuos (LMR) de medicamentos veterinarios en los alimentos
 
Reglamento Técnico Específico y práctica higiénica para:
 
En Matadero de Vacas, Búfalos, Ovinos y Caprinos:
UAE.S GSO 996 Carne fresca de res, búfalo, cordero y cabra
UAE.S GSO 997 Carne congelada de res, búfalo, cordero y cabra
 
En Matadero de Aves:
UAE.S GSO 713 Reglamento de higiene para mataderos de procesamiento de aves de corral y su personal
UAE.S GSO 986 Aves de corral congeladas
UAE.S GSO 322 Aves refrigeradas
 
Para obtener información más detallada de los mercados y establecimientos habilitados, ingresar al siguiente link
 
Para mayor información, se le solicita contactar al Dr. Olivet Cruz Vasquez (Director de la Dirección de Inocuidad de Productos de Origen Animal), Dra. Karla Esquivel Rodríguez (Jefe del Dpto. Regulatorio de DIPOA)