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Rusia
Plantas Aprobadas para exportar a Rusia
Para obtener información más detallada de los mercados y establecimientos habilitados, ingresar al siguiente link
Para mayor información, se le solicita contactar al Dr. Olivet Cruz Vasquez (Director de la Dirección de Inocuidad de Productos de Origen Animal), Dra. Karla Esquivel Rodríguez (Jefe del Dpto. Regulatorio de DIPOA
Canadá
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Estados Unidos
- FSIS Categorización de los productos
- FSIS Equivalence Requirements Title 9 CFR § 327.2 for meat products
- Código de Regulaciones Federales Code of Federal Regulations (Annual Edition) | GovInfo
- 9 CFR Volumen 2 (Partes 300 a 500 – Carne)
-
PART 309- Antemortem Inspection
-
PART 310- Postmortem Inspection
-
Part 310.25 Contamination with microorganism, process control verification criterio and testing, Pathogen Reduction Standars
-
-
§ 317.2 Labels: definition; required features.
-
PART 416—SANITATION
-
Estándares de Desempeño Sanitario- EDS/Sanitation Performance Standards -SPS 9 CFR § 416.1 – 416.6
-
§416.2 (a) Alrededores y Control de Plagas
-
§416.2 (b) Construcción
-
§416.2 (c) Iluminación
-
§416.2 (d) Ventilación
-
§416.2 (e) Cañerías
-
§416.2 (f) Alcantarillado
-
§416.2 (g) Abastecimiento de agua y reutilización de agua, hielo y soluciones
-
§416.2 (h) Vestidores y baños
-
§416.3 Equipos y Utensilios
-
§416.4 Operaciones Sanitarias
-
§416.5 Higiene de los empleados
-
-
Procedimientos Operacionales Estándares de Sanitización-POES/Standard Sanitation Operational Procedures –SSOP 9 CFR §416.11 – 416.17
-
-
PART 417- HAZARD ANALYSIS AND CRITICAL CONTROL POINT (HACCP) SYSTEMS
-
PART 418 - RECALL
Guideline
- FSIS Industry Guideline for Minimizing the risk of shiga toxin-producing Escherichia coli (STEC) in Beef (including veal) Slaughter Operations
- FSIS Industry Guideline for Minimizing the Risk of Shiga Toxin-Producing Escherichia coli (STEC) in Beef (including Veal) Processing Operations
- Compliance Guideline for Establishments Sampling Beef Trimmings for Shiga Toxin-Producing Escherichia coli (STEC) Organisms or Virulence Markers
- FSIS Compliance Guideline for Controlling Meat and Poultry Products Pending FSIS Test Results
- Controlling Listeria monocytogenes in Post-lethality Exposed Ready-to-Eat Meat and Poultry Products
- Compliance Guideline for Validating Cooking Instructions for Mechanically Tenderized Beef Products (2015)
- Meat and Poultry Hazards and Controls Guide
- HACCP Validation
- questions and answers on descriptive designation for needle-or blade – tenderized (mechanically tenderized) beef products
FSIS–2008–0017 docket, Final Rule, 9 CFR 317.2(e)(3)
- HACCP Model for Raw Intact Beef
- HACCP Model for Raw Ground Beef (Raw Non-Intact)
- A Guide to Federal Food Labeling Requirements for Meat, Poultry, and Egg Products
-
FSIS Guideline for Label Approval (March, 2024)
-
FSIS Guideline for Retained Water (April, 2024)
Directive
-
FSIS Directive 10010. 1 Sampling Verification Activities for Shiga Toxin-Producing Escherichia Coli (STEC) in Raw Beef Products - Revision 6
-
FSIS Directive 6410.1 Verifying Sanitary Dressing and Process Control Procedures in Slaughter Operations of Cattle of Any Age - Revision 1
-
FSIS Directive 6900.2 Humane Handling and Slaughter of Livestock - Revision 3
-
FSIS Directive 6420.2 Verification of Procedures for Controlling Fecal Material, Ingesta, and Milk in Livestock Slaughter Operations - Revision 2
-
FSIS Directive 7221.1 Prior Labeling Approval - Revision 3
-
FSIS Directive 6100.1 Ante-Mortem Livestock Inspection - Revision 3
-
FSIS Directive 8080.1 Recall of Meat and Poultry Products - Revision 7
-
FSIS Directive 7150.1 Descriptive designation for needle- or blade-tenderized raw beef products as required by 9 cfr 317.2(e)(3)
-
FSIS. Directive 5000.6 Performance of the Hazard Analysis Verification Task – Revision
Federal Register Rules
-
Descriptive Designation for Needle- or Blade-Tenderized (Mechanically Tenderized) Beef Products
-
Prohibition of the Use of Specified Risk Materials for Human Food and Requirements for the Disposition of Non-Ambulatory Disabled Cattle; Prohibition of the Use of Certain Stunning Devices Used To Immobilize Cattle During Slaughter https://www.fsis.usda.gov/policy/federal-register-rulemaking/federal-register-rules/prohibition-use-specified-risk-materials
Informes de Auditorias (Foreign Audit Reports)
Foreign Audit Reports | Food Safety and Inspection Service (usda.gov)ACCESO SANITARIO A DIFERENTES MERCADOS PARA PRODUCTOS DE COSTA RICA
(Al 09 de marzo del 2023) (Listado no exhaustivo)
ESTADOS UNIDOS FSIS-USDA
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Producto
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Process Category
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Product Category
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Product group
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Acceso
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Comentarios
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FSIS-USDA
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1
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Carne bovina
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Raw- intact
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Raw intact beef
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Beef-all products eligible
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ABIERTO
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Solo se puede exportar de plantas aprobadas y registradas para los Estados Unidos. Consultar la lista de establecimientos en el siguiente link:
Además, las plantas deben ser registradas ante el USDA-FSIS, el cual se puede consultar en el siguiente link:
Las plantas que no aparezcan en estos listados, no pueden exportar a los Estados Unidos
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Raw-non intact
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Raw ground, comminuted, or otherwise non-intact beef
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beef - all products eligible except advanced meat recovery product (amr); beef patty product; ground beef; hamburger; low temperature rendered product (ltrp); partially defatted beef fatty tissue (pdbft); partially defatted chopped beef (pdcb); and finely textured beef (ftb).
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||||
2
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Carne de cerdo
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No habilitado
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3
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Carne de pollo
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No habilitado
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Lista de estados de salud animal reconocidos por APHIS de las regiones con respecto a enfermedades o plagas animales específicas, o productos aceptables
ESTADOS UNIDOS FDA
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Producto
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Acceso
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Comentarios
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FDA
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1
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Productos lácteos
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ABIERTO
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Los establecimientos deben estar registrados ante las autoridades del FDA para poder exportar.
Adicionalmente, se debe cumplir con la regulación nacional y las exigencias solicitadas por los Estados Unidos para este tipo de mercancías
Es requisito que el establecimiento elaborador/exportador se encuentre inscrito en el Listado de Establecimientos Elaboradores de Productos Pecuarios de Exportación (LEEPP).
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2
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Productos de la pesca
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ABIERTO
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Los establecimientos deben estar registrados ante las autoridades del FDA para poder exportar.
Adicionalmente, se debe cumplir con la regulación nacional y las exigencias solicitadas por los Estados Unidos para este tipo de mercancías.
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Para obtener información más detallada de los mercados y establecimientos habilitados, ingresar al siguiente link
Establecimientos Aprobados para Exportar Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal para Consumo Humano
Establecimientos Aprobados para Exportar Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal para Consumo Humano
Para mayor información, se le solicita contactar al Dr. Olivet Cruz Vasquez (Director de la Dirección de Inocuidad de Productos de Origen Animal), Dra. Karla Esquivel Rodríguez (Jefe del Dpto. Regulatorio de DIPOA)
Unión Europea
Importante que se revisen las versiones actualizadas consolidadas
Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de marzo de 2017 relativo a los controles y otras actividades oficiales realizados para garantizar la aplicación de la legislación sobre alimentos y piensos, y de las normas sobre salud y bienestar de los animales, sanidad vegetal y productos fitosanitarios, y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.o 999/2001, (CE) n.o 396/2005, (CE) n.o 1069/2009, (CE) n.o 1107/2009, (UE) n.o 1151/2012, (UE) n.o 652/2014, (UE) 2016/429 y (UE) 2016/2031 del Parlamento Europeo y del Consejo, los Reglamentos (CE) n.o 1/2005 y (CE) n.o 1099/2009 del Consejo, y las Directivas 98/58/CE, 1999/74/CE, 2007/43/CE, 2008/119/CE y 2008/120/CE del Consejo, y por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.o 854/2004 y (CE) n.o 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 89/608/CEE, 89/662/CEE, 90/425/CEE, 91/496/CEE, 96/23/CE, 96/93/CE y 97/78/CE del Consejo y la Decisión 92/438/CEE del Consejo (Reglamento sobre controles oficiales)
Reglamento (CE) n° 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal
Reglamento (CE) no 852/2004 del parlamento europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios
Reglamento de Ejecución (UE) 2021/405 de la Comisión, de 24 de marzo de 2021, por el que se establecen las listas de terceros países, o regiones de los mismos, autorizados a introducir en la Unión determinados animales y mercancías destinados al consumo humano, de conformidad con el Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo
Reglamento (UE) 2019/6 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, sobre medicamentos veterinarios y por el que se deroga la Directiva 2001/82/CE (Texto pertinente a efectos del EEE)Texto pertinente a efectos del EEE
REGLAMENTO (UE) 2019/4 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 11 de diciembre de 2018 relativo a la fabricación, la comercialización y el uso de piensos medicamentosos, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº.183/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo y se deroga la Directiva 90/167/CEE del Consejo
Directiva 96/22/CE del Consejo de 29 de abril de 1996 por la que se prohíbe utilizar determinadas sustancias de efecto hormonal y tireostático y sustancias β-agonistas en la cría de ganado y por la que se derogan las Directivas 81/602/CEE, 88/146/CEE y 88/299/CEE
Reglamento de Ejecución (UE) 2020/2235 de la Comisión, de 16 de diciembre de 2020, por el que se establecen normas para la aplicación de los Reglamentos (UE) 2016/429 y (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a los modelos de certificados zoosanitarios, los modelos de certificados oficiales y los modelos de certificados zoosanitarios-oficiales para la entrada en la Unión y los desplazamientos dentro de la Unión de las partidas de determinadas categorías de animales y mercancías, así como la certificación oficial relativa a dichos certificados, y se derogan el Reglamento (CE) n.o 599/2004, los Reglamentos de Ejecución (UE) n.o 636/2014 y (UE) 2019/628, la Directiva 98/68/CE y las Decisiones 2000/572/CE, 2003/779/CE y 2007/240/CE (Texto pertinente a efectos del EEE)
Reglamento Delegado (UE) 2022/1644 de la Comisión de 7 de julio de 2022 por el que se completa el Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo con requisitos específicos para la realización de controles oficiales del uso de sustancias farmacológicamente activas autorizadas como medicamentos veterinarios o como aditivos de piensos, y de sustancias farmacológicamente activas prohibidas o no autorizadas y sus residuos (Texto pertinente a efectos del EEE)
ACCESO SANITARIO A DIFERENTES MERCADOS PARA PRODUCTOS DE COSTA RICA
(Al 09 de marzo del 2023) (Listado no exhaustivo)
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Producto
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Acceso
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Comentarios
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1
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Productos de la pesca y acuacultura
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ABIERTO
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Solo se puede exportar de plantas aprobadas y registradas para Unión Europea. Consultar la lista de establecimientos en el siguiente link:
Además, las plantas deben ser registradas ante la UE, la lista de los establecimientos habilitados esta disponible a través del sistema TRACES
NOTA: para exportar productos de la pesca salvaje debe existir embarcaciones registradas ante la UE.
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Para obtener información más detallada de los mercados y establecimientos habilitados, ingresar al siguiente link
Para mayor información, se le solicita contactar al Dr. Olivet Cruz Vasquez (Director de la Dirección de Inocuidad de Productos de Origen Animal), Dra. Karla Esquivel Rodríguez (Jefe del Dpto. Regulatorio de DIPOA)
República Popular China
Regulación (traducción no oficial, sujeto a actualizaciones)
1. Ley de Inocuidad Alimentaria de China (2015)
2. Registro de empresas extranjeras productoras de alimentos para consumo humano
3. Calidad del Agua potable
4. Higiene de los alimentos
GB 11674-2010 Suero lácteo en polvo y proteína de suero en polvo
GB 19646-2010 Manteca y grasa láctea anhidra
5. HACCP
ACCESO SANITARIO A DIFERENTES MERCADOS PARA PRODUCTOS DE COSTA RICA
(Al 09 de marzo del 2023) (Listado no exhaustivo)
Nota 1: Listado elaborado a partir de procesos o gestiones realizadas a partir del 2015
Nota 2: Todos los productos con acceso permitido al mercado de China deberán cumplir con la normativa aplicable de China, incluidos las condiciones establecidas en los protocolos bilaterales
Link CIFER consulta de lista de establecimientos extranjeros de Alimentos de Aduana de China habilitados según país
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Producto
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Acceso
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Comentarios
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PRODUCTOS CARNICOS
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1
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Carne bovina congeladas (con y sin huevo) Subproductos bovino (pene, testículos, membrana diafragmática, tendones, aorta)
No aprobadas las vísceras
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ABIERTO
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Rige Protocolo bilateral firmado el 13 de junio del 2011. Solo se puede exportar de plantas aprobadas y registradas por el Aduana de China (GACC). Consultar la lista de establecimientos en el siguiente link:
Además, las plantas deben ser registradas en el sistema CIFER para obtener el número de registro compuesto por 18 dígitos, el cual se puede consultar en el siguiente link:
Las plantas que no aparezcan en estos listados, no pueden exportar a la República Popular China
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2
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Carne de cerdo (cualquier parte comestible de la carcasa), corazón, hígado, riñones, cola, pezuñas, orejas, lengua, hocico, cabeza (excluyendo cerebro y ojos)
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ABIERTO
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Rige Protocolo bilateral firmado el 3 de junio del 2013. Solo se puede exportar de plantas aprobadas y registradas por el Aduana de China (GACC). Consultar la lista de establecimientos en el siguiente link:
Además, las plantas deben ser registradas en el sistema CIFER para obtener el número de registro compuesto por 18 dígitos, el cual se puede consultar en el siguiente link:
Las plantas que no aparezcan en estos listados, no pueden exportar a la República Popular China
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3
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Carne de ave
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No se puede exportar EN proceso de NEGOCIACIÓN
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PRODUCTOS DE LA PESCA
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4
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Productos acuáticos de la pesca marina salvaje
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ABIERTO
** pendiente registro de embarcaciones
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Rige Protocolo bilateral firmado el 19 de diciembre del 2019.
Se puede exportar desde plantas procesadoras y embarcaciones registradas por la GACC para exportar a China. Consultar la lista de establecimientos en el siguiente link:
Además, las plantas deben estar registradas en sistema CIFER para obtener número de 18 dígitos, el cual puede consultarse en el siguiente link:
Las plantas que no aparezcan en estos listados, no pueden exportar a la República Popular China.
** Propietarios de embarcaciones interesadas deben gestionar los trámites correspondientes.
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5
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Atún /Thunnus
(atún entero congelado sin procesar, o el atún procesado sin cabeza o sin cola o sin piel o desvenado o filetes o lomos. El atún vivo no esta incluido)
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ABIERTO
** pendiente registro de embarcaciones
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Rige Protocolo bilateral firmado el 29 de setiembre del 2015
Se puede exportar desde plantas procesadoras y embarcaciones registradas por la GACC para exportar a China. Consultar la lista de establecimientos en el siguiente link:
Además, las plantas deben estar registradas en sistema CIFER para obtener número de 18 dígitos, el cual puede consultarse en el siguiente link:
Las plantas que no aparezcan en estos listados, no pueden exportar a la República Popular China.
** Propietarios de embarcaciones interesadas deben gestionar los trámites correspondientes.
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6
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Langostino/Pleurocondes planipes
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ABIERTO
** pendiente registro de embarcaciones
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Se puede exportar desde plantas procesadoras y embarcaciones registradas por la GACC para exportar a China. Consultar la lista de establecimientos en el siguiente link:
Además, las plantas deben estar registradas en sistema CIFER para obtener número de 18 dígitos, el cual puede consultarse en el siguiente link:
Las plantas que no aparezcan en estos listados, no pueden exportar a la República Popular China.
** Propietarios de embarcaciones interesadas deben gestionar los trámites correspondientes.
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PRODUCTOS LÁCTEOS
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7
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Productos lácteos (**)
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ABIERTO
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(**) Habilitados los productos lácteos Incluidos en el siguiente link
Se puede exportar desde plantas procesadoras registradas por la GACC para exportar a China. Consultar la lista de establecimientos en el siguiente link:
Además, las plantas deben estar registradas en sistema CIFER para obtener número de 18 dígitos, el cual puede consultarse en el siguiente link:
Las plantas que no aparezcan en estos listados, no pueden exportar a la República Popular China.
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Para obtener información más detallada de los mercados y establecimientos habilitados, ingresar al siguiente link
Para mayor información, se le solicita contactar al Dr. Olivet Cruz Vasquez (Director de la Dirección de Inocuidad de Productos de Origen Animal), Dra. Karla Esquivel Rodríguez (Jefe del Dpto. Regulatorio de DIPOA)