OIE ratifica el estatus sanitario de Costa Rica
 
  • Costa Rica mantiene estatus como país con “Riesgo insignificante de Encefalopatía Espongiforme Bovina”, desde 2016; como “País libre de Peste Porcina Clásica”, desde 2018 y como país “libre sin vacunación de Fiebre Aftosa”, históricamente nunca se ha presentado un caso.
 
El Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA) del Ministerio de Agricultura y Ganadería, recientemente recibió la confirmación anual del estatus sanitario oficial otorgado por la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) para las enfermedades Peste Porcina Clásica, Fiebre Aftosa y  Encefalopatía  Espongiforme  Bovina.
“Esta revalidación obtenida por Costa Rica demuestra la eficacia y transparencia de los procesos sanitarios, el trabajo y el aporte e interés de los productores de acceder a mercados internacionales con productos seguros desde el ámbito sanitario y de la inocuidad”, declaró Silvia Niño Villamizar, Directora del Servicio Nacional de Salud Animal del MAG.
“El reconocimiento es muy importante porque compone un elemento indispensable para garantizar la seguridad del comercio internacional, la apertura de nuevos mercados y el potencial efecto adverso en la salud de los animales, así como el impacto sobre la producción si dichas enfermedades estuvieran presentes en las poblaciones animales del país”, agregó la funcionaria.
Todos los productos pecuarios que quieran ser exportados deben cumplir con la normativa nacional y con los requisitos sanitarios exigidos por los países importadores, de acuerdo con el grado de protección que requieren según su propio estatus sanitario y las directrices de los organismos internacionales relacionados con la sanidad animal y la inocuidad de los alimentos.
La OIE desarrolló un procedimiento para reconocer oficialmente el estatus sanitario de un territorio, conforme con las disposiciones establecidas en el Código Sanitario para los Animales Terrestres y a las resoluciones adoptadas por la Asamblea Mundial de Delegados.  Dicho procedimiento se aplica a las diferentes enfermedades animales.
Los países miembros que dispongan de un estatus sanitario oficialmente reconocido deberán volver a confirmar cada año su situación sanitaria suministrando la información pertinente que incluye los estudios epidemiológicos que demuestran la ausencia de las enfermedades, así como las medidas sanitarias implementadas por el país para mitigar el riesgo de introducción de la enfermedad.