Emisor: SENASA/FITOSANITARIO |
Establece que el combate de la mosca del establo será desarrollado en forma conjunta por el Servicio Nacional de Salud Animal y el Servicio Fitosanitario del Estado |
Emisor: SENASA |
Requisitos mínimos que deben cumplir los Laboratorios Oferentes y de Referencia que no cuenten con ensayos acreditados ante el Ente Costarricense de Acreditación (ECA) para oficializar pruebas ante el LANASEVE |
Emisor: SENASA |
Oficializa métodos y pruebas de laboratorio del LANASEVE para crema láctea (nata) y crema láctea ácida (natilla) para consumo humano. |
Emisor: SENASA |
Establece que el SENASA aceptará carne de res, productos y subproductos importados desde Estados Unidos que fueron producidos en establecimiento que esté incluido en lista de los establecimientos que han sido inspeccionados por Gobierno de Estados Unidos |
Emisor: SENASA |
Establece que el SENASA aceptará carne de cerdo, productos y subproductos importados desde Estados Unidos que fueron producidos en establecimiento que esté incluido en lista de establecimientos que han sido inspeccionados por Gobierno de Estados Unidos |
Emisor: SENASA |
Declara equivalencia entre sistema de inspección para carne de aves, productos y subproductos de Estados Unidos de América y el de Costa Rica y SENASA aceptará carne de aves, productos y subproductos importados desde los Estados Unidos de América |
Emisor: SENASA |
Se Oficializan métodos y pruebas de laboratorio que serán utilizados por el Laboratorio Nacional de Salud Animal (LANASEVE) para verificar la inocuidad de las mezclas de leche condensada y grasa vegetal |
Emisor: SENASA |
Establece normas y procedimientos para la elaboración de análisis de riesgo en el Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA) |
Emisor: SENASA |
La Dirección de Operaciones Nacionales y el LANASEVE del SENASA asumir costos en la toma y procesamiento de muestras de laboratorio para la prevención, control y erradicación de Bruselosis y Tuberculosis en bovinos |
Emisor: SENASA |
Se oficializan métodos y pruebas de laboratorio que serán utilizados por el Laboratorio Nacional de Salud Animal (LANASEVE) para verificar la inocuidad de la leche evaporada para consumo humano |
Emisor: SENASA |
Sistema de inspección carne de res, productos y subproductos de Canadá es equivalente sistema de inspección para carne de res, productos y subproductos de CR., SENASA aceptará carne de res productos y subproductos |
Emisor: SENASA |
Declara sistema inspección carne de cerdo, productos y subproductos de Canadá es equivalente sistema de inspección para carne de cerdo, productos y subproductos de CR y SENASA aceptará carne de cerdo producidos establecimiento y inspeccionados por Canadá |
Emisor: SENASA |
Deroga Resolución SENASA-DG-R034-2008 "Los alimentos destinados al consumo de los animales pertenecientes a su integración o grupo de interés económico, estarán exentos del proceso de registro ante la Dirección de Alimentos para Animales (DAA)" |
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Indica que para establecer los períodos de retiro de medicamentos veterinarios genéricos o similares, el fabricante puede aportar un estudio de comprobación del período de retiro o el estudio de eliminación de residuos completo. |
Emisor: SENASA |
Elimina requisito de autorización por parte del DIPOA para la utilización productos químicos registrados para limpieza en plantas industrializadoras de alimentos |
Emisor: SENASA |
Medidas sanitarias para importación semen bovino para evitar el ingreso del virus de Schmallenberg |
Emisor: SENASA |
Toma de medidas sanitarias en relación a la importación al país de las especies Litopenaeus vannamei y Penaeus monodon procedentes de los países que han reportado Síndrome de la Mortalidad Temprana (EMS) o Síndrome de la Necrosis Aguda del Hepatopáncreas (AHPNS) |
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Renovación de Registros |
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Rechazo la solicitud de renovación del registro los productos que contengan norfloxacina en su formulación y que se destinen a especies productoras de alimento para consumo humano. |
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Rechazo de las solicitudes de renovación de registro de los productos que contengan penicilina g benzatínica en su formulación y que se destinen a especies productoras de alimentos para el ser humano. |
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Creación del Programa Nacional Equino |
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Creación Programa de Bufalinos |
Emisor: SENASA |
Resolución para la habilitación de importación de importación de semen y embriones de ganado bovino provenientes de Brasil |
Emisor: SENASA |
Establece Símbolo de Sanidad Servicio Nacional de Salud Animal para los establecimientos apícolas de producción primaria (aplarios) y establecimientos de procesamiento (extracción y o envasado) de miel de abeja pura de origen nacional |
Emisor: SENASA | Instruir a la Dirección de Medicamentos Veterinarios para que clasifique a los medicamentos veterinarios que contengan como ingrediente activo la ivermectina, doramectina, moxidectina y abamectina en el Grupo 3 de Medicamentos Veterinarios |
Emisor: SENASA |
Reforma Establece símbolo de sanidad del Servicio Nacional de Salud Animal para los establecimientos apícolas de producción primaria (apiarios) y establecimientos de procesamiento (extracción y o envasado) de miel de abeja pura de origen nacional |
Emisor: SENASA | Reconocer a México como país con riesgo insignificante en EEB |
Emisor: SENASA |
Se establece procedimientos para la habilitación de establecimientos procesadores de productos pequeros y de la acuicultura procedentes de China. |
Emisor: SENASA |
Verificación de la concentración de verde malaquita en productos de acuicultura y el parámetro de desempeño denominado límite de detección del ensayo. |
Emisor: SENASA | Rechazar las solicitudes de registro y renovación de registro de los productos que contengan dentro de su fórmula cualicuantitativa la sustancia fosfomicina y que se destinen a animales productoras de alimentos para consumo humano. |
Emisor: SENASA
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Clasifica los medicamentos que contengan como ingrediente activo la ivermectina, doramectina, moxidectina o abamectina en el Grupo 3 de medicamentos veterinarios conforme al decreto N° 28861 |
Emisor: SENASA
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Se dicta medida sanitaria de prohibición de derribas a fincas piñeras |
Emisor: SENASA
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Otorga un plazo de un año calendario a los establecimientos porcinos para completar el proceso de obtención de Certificado Veterinario de Operación (CVO) |
Emisor: SENASA
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Establecimiento de plazos para exoneraciones |
Emisor: SENASA
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Medida sanitaria de carácter general para ordenar la rastreabilidad de los equinos que se comercializan en pie en las subastas ganaderas autorizadas
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Emisor: SENASA
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Trazabilidad / rastreabilidad de los quesos no preenvasados que se fabriquen o comercialicen en el país, destinados al consumo humano y sus requisitos |
Emisor: SENASA
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Solicitud de llenado de cuestionarios para importación proveniente de establecimientos de productos pesqueros de la República Socialista de Vietnam
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Emisor : SENASA
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Se establece Medida Sanitaria de carácter general para que las subastas ganaderas faciliten proceso de toma de muestras para pruebas diagnósticas de BRUSELOSIS bovina en animales que entran a comercialización en las mismas |
Emisor : SENASA
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Prorroga de autorización de establecimientos de la R.P.China que actualmente exportan productos pesqueros y de acuicultura, en relacion con la Resolución SENASA-DG-R066-2016 |
Emisor : SENASA
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Prorrogar la exoneración establecida mediante Resolución N° SENASA-DG-ROO8-2014 de las once horas y cuarenta minutos del veinticuatro de febrero del año 2014, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 77 del 23 de abril de 2014, manteniéndose vigente hasta el día 31 de agosto del 2019 |
Emisor : SENASA
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Se otorga un plazo de un año calendario a los establecimietos porcinos para obtener " guias de movilización de ganado porcino " aun cuando no cuando no cuenten con Certificado Veterinario de Operación ( CVO ) |
Emisor : SENASA
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La cual se autoriza a la movilización interna y su participación en competencias, ferias y exposiciones y otros eventos temporales, todos de carácter nacional, a los equinos que hayan dado negativo a una prueba diagnostica autorizada por este Seervicio Nacional para la detección de la Anemia Infecciosa Equina, siempre que la misma se haya efectuado a partir de muestras de sandre tomadas durante el periodo de noventa días anteriores al evento |
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Ampliar la prórooga establecida mediante Resolución N° SENASA-DG-RO48-2018 de las once horas treinta minutos del siete de mayo del año dos mil dieciocho, publicada en el Diario Oficial la Gaceta N° 86 del 17 de mayo de 2018, manteniendose la misma vigente hasta el día 31 de agosto del 2019 |
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Prorrogar la exoneración establecida mediante Resolución N° SENASA-DG-ROO8-2014 de las once horas cuarenta minutos del veniticuatro de febrero del año dos mil catorce, publicada en el Diario Oficial la Gaceta N° 77 DEL 23 DE ABRIL DE 2014,manteniendose vigente hasta el día 28 de ferero del 2020
Rige a partir del 1 de setiembre del 2019.
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Ampliar la prórroga de vigencia de las exoneraciones establecida mediante Resolución N° SENASA-DG-RO16-2019 de las nueve horas treinta minutos del trece de mayo del presente año hasta el día 28 de febrero de 2020.
Rige a apartir del 1 de setiembre del 2019.
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Se procede a establecer la temperatura de conservación que debe cumplir el queso no madurado incluido el queso fresco | |
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Establece como medidad sanitaria obligatoria el contar con supervición profesional veterinaria, bajo la figura de regente a establecimientos de la industria láctea |
Emisor : SENASA
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Aprobar como referencia normativa para su cumplimiento por parte de los establecimientos que almacenan, comercializan, trasnportan, distribuyen y utilizan medicamentos veterinarios y productos afines, la Guía de Buenas Prácticas de Almacenmiento, Transporte y Distribución de Productos de Uso Veterinario CAMEVET, en su versión vigente publicado en la página web de CAMEVET. |
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Prorrogar la exoneración establecida mediante Resolución N° SENASA-DG-R0082014 de las once horas cuarenta minutos del veinticuatro de febrero del año dos mil catorce, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 77 del 23 de abril de 2014, manteniéndose vigente hasta el día 30 de abril del 2020.
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1°.- Ampliar la vigencia de las exoneraciones establecidas en las Resoluciones
SENASA-DG-R021-2013; SENASA-DG-R031-2013; SENASA-DG-R047-2013; SENASADG-R065-2013; SENASA-DG-R066-2013; SENASA-DG-R073-2013 únicamente para la tarifa KH-04 relativa a PCR tiempo real para detección ARN; SENASA-DG-R0742013; SENASA-DG-R076-2013; SENASA-DG- R077-2013 y la SENASA-DG-R010-2014, manteniéndose vigentes hasta el día 30 de abril del 2020.
2°.- Rige a partir del 28 de febrero de 2020.
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Suspención de dos meses calendario para el trámite de actualización de registro anual de Certificado Veterinario de Operación. |
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Se ordena prorrogar hasta el día 30 de julio de 2020, la vigencia de las exoneraciones establecidas en las siguientes Resoluciones: N° SENASA-DG-R021-2013, N° SENASA-DG-R031-2013, N° SENASA-DG-R047-2013; N° SENASA-DG-R066-2013, N° SENASA-DG-R073-2013 únicamente para la tarifa KH-04 relativa a PCR tiempo real para detección ARN, N° SENASA-DG-R074-2013, N° SENASA-DG-R076-2013, N° SENASA-DG- R077-2013, N° SENASA-DG-R008-2014 y N° SENASA-DG-R010-2014,
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Se establece someter al cumplimiento de las disposiciones y procedimientos sanitarios establecidos en la Resolución SENASA DG-R014-2017 de las nueve horas del siete de marzo del dos mil diecisiete, a todos los productores y establecimientos apícolas que se ubiquen o realicen actividad apícola en los cantones de la Provincia de Guanacaste, a saber, Abangares, Bagaces, Cañas, Carrillo, Hojancha, Liberia, Nicoya, Santa Cruz, Nandayure, Tilarán, los cuales en adelante se entenderán como zonas de riesgo, quedando, en especial, prohibida la salida, trasiego y comercialización a otros cantones de individuos (abejas reinas, obreras, y zánganos) paquetes de abejas, núcleos, colmenas de abejas melíferas domésticas (apis mellifera) y silvestres o nidos de abejas nativas. |
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Primero.- Se ordena prorrogar hasta el día 30 de setiembre de 2020, la vigencia de las exoneraciones establecidas en las siguientes Resoluciones: N° SENASA-DG-R021-2013; N° SENASA-DG-R031-2013; N° SENASA-DG-R047-2013; N° SENASA-DG-R066-2013; N° SENASA-DG-R073-2013 únicamente para la tarifa KH-04 relativa a PCR tiempo real para detección ARN; N° SENASA-DG-R074-2013; N° SENASA-DG-R076-2013; N° SENASA-DG- R077-2013; N° SENASA-DG-R008-2014 y N° SENASA-DG-R010-2014.
Segundo. - Rige a partir del 31 de julio de 2020.
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Declarar a la Isla de Chira, distrito N° 13 del Cantón de Puntarenas, Provincia de Puntarenas, como “Zona libre de Brucelosis y Tuberculosis”. |